Orden 133/2021, de 2 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por

Orden 133/2021, de 2 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece como uno de los objetivos del sistema educativo español la formación en una o varias lenguas extranjeras. Esto es adecuado para los objetivos docentes asociados a Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclo de Formación Profesional de Clase Media y Superior.

El Decreto del Gobierno 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definieron las condiciones de formación para la formación docente en la educación secundaria obligatoria, el grado, la formación profesional y la docencia en régimen especial y estableció la especificidad de los cuerpos docentes de la educación secundaria, estipuló en su quinto suplemento que la administración educativa regularía los requisitos La formación adicional que requerirán los docentes para impartir docencia en una lengua, región o asignatura distinta a la mencionada, en centros públicos o privados cuyos proyectos educativos impliquen un régimen de enseñanza bilingüe. También estipulan que estos requisitos deben incluir, hasta el curso 2010-2011, la acreditación del dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B2 del Marco General de Referencia para las Lenguas.

El Decreto de Gobierno 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece la especificidad de la docencia de los Órganos Docentes que ejercen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y Educación Básica regulada en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de noviembre, de Educación, establece que la La administración educativa regulará los requisitos formativos adicionales que serán requeridos por el personal oficial de la Agencia de Docentes especializada en Educación Infantil para impartir la enseñanza de lenguas extranjeras en esta etapa y al personal oficial de la Agencia de Docentes para impartir áreas distintas a esa lengua. en idiomas extranjeros. En ambos casos, el centro cuyos proyectos educativos incluían un régimen de educación plurilingüe. Estos requisitos, en el curso 2013/2014, acreditarán, como mínimo, las competencias de nivel B2 del Marco General Europeo de Referencia para las Lenguas, en la lengua extranjera correspondiente.

La Decisión 47/2017, de 25 de julio, por la que se regula el Plan Integral de Enseñanza de Lenguas Extranjeras de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la etapa de educación no universitaria, tiene como objetivo establecer un marco normativo para la actuación de los Ministros de Educación competentes y lenguas extranjeras en la etapa de educación no universitaria universitaria, en el Plan Integral de Estudios de Lenguas Extranjeras de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Orden 27/2018, de 8 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se organizan proyectos bilingües y plurilingües en el segundo ciclo docente de Educación Infantil y Centro educativo Básica, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional apoyado con fondos públicos de la comunidad autónoma de Castilla -La Mancha.

Decisión 89/2018, de 29 de noviembre, por la que se desarrolló el Decreto de Regalía 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se establecen organizaciones de enseñanza de lenguas bajo regímenes especiales y currículos asociados a los niveles Básico A2, B1 Intermedio, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 en la comunidad autónoma. Castilla-La Mancha.

En la tramitación de esta orden, el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha ha emitido dictamen y se ha consultado a representantes del profesorado a través del Consejo Sectorial de Educación.

Por todo lo anterior, con base en la autorización prevista en la primera elaboración final del Decreto 47/2017, de 25 de julio, y desempeñar las funciones previstas en el artículo 5 de la Decisión 84/2019, de 16 de julio, mediante el establecimiento de la estructura orgánica y distribución de competencias. del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, obtuve:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación

1. La presente directiva tiene por objeto regular el reconocimiento de la acreditación, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, del nivel de capacidad comunicativa en alemán, español como lenguas extranjeras, francés, inglés, italiano y portugués de acuerdo con la General Marco europeo de referencia para las lenguas.

2. En todo caso que no contradiga las normas básicas, este reconocimiento se aplicará en los trámites convocados o financiados por el ministerio competente en materia de educación y las actuaciones que realicen los centros educativos financiados con fondos públicos Castilla-La Mancha durante la evaluación de la comunicación comunicativa. se requiere competencia en el idioma, o cuando se afirma que el reconocimiento es un requisito o servicio.

1. Profesorado de cuerpos docentes distintos de las universidades que desarrollen o puedan desarrollar sus funciones como docentes de áreas, asignaturas o módulos profesionales no lingüísticos en centros educativos bilingües o plurilingües apoyados con fondos públicos en Castilla-La Mancha en Educación Infantil 2º Ciclo Educación, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.

2. Profesores de diferentes cuerpos docentes que sigan procedimientos no relacionados con la educación bilingüe, pero que requieren acreditación del nivel de competencia comunicativa.

Artículo 3 Tipología de títulos y certificaciones para la acreditación de la competencia comunicativa

1. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, titulación universitaria, titulaciones y especialidades del Consejo de Profesores de Educación Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas, títulos oficiales de escuelas de idiomas, certificados expedidos por Instituciones españolas y extranjeras de prestigio, tanto públicas como privados y de centros de idiomas universitarios españoles que sigan el modelo de acreditación de exámenes de la Asociación de Centros de Idiomas de Educación Superior (Acles) que se detalla en el anexo.

2. Los anexos podrán ser modificados periódicamente por una dirección general competente en materia de lengua para incorporar nuevas titulaciones y certificaciones o revisiones de las existentes sin necesidad de compilar un nuevo pedido. Para ello, publicará dicha actualización, que también será comunicada al área de negociación correspondiente y a la mesa competente.

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Artículo 4 Procedimiento de reconocimiento de la competencia comunicativa del profesorado

Para los instructores, la presentación de títulos y certificaciones que aparecen en el anexo sería un requisito imprescindible para la acreditación de la competencia comunicativa tal y como se establece en el procedimiento o solo llamado a la acción.

Artículo 5 Criterios especiales para la validación de la competencia comunicativa

1. Para títulos y certificaciones que representen el nivel específico obtenido en cada competencia, el nivel mínimo obtenido en cualquiera de ellas se conocerá como nivel de certificado, independientemente del nivel general contenido en el documento. En el caso de títulos y certificaciones emitidos hasta la entrada en esta orden, el nivel acreditado será el nivel global contenido en el documento.

2. En los procedimientos y acciones de convocatoria, los títulos y certificaciones emitidos con período de vigencia sólo son válidos si el tiempo está incluido en el tiempo ya incluido en la convocatoria.

3. En todo caso, el órgano rector del trámite o actuación que requiera convalidación del título y certificación se reservará el derecho de verificar su autenticidad por parte del organismo expedidor.

Artículo 6 Licenciatura y Oratoria en Lengua Extranjera

1. La quinta parte del anexo al Decreto de Gobierno 1594/2011, de 4 de noviembre, que establece la especificidad de la docencia del cuerpo de docentes que ejercen sus funciones en las etapas de educación infantil y educación básica reguladas en la Ley Orgánica 2/2006. , 3 de mayo de Educación, indica que para la enseñanza de lenguas extranjeras (francés, inglés, alemán) se requiere un título de grado que permita el desempeño de la profesión docente regulada en educación primaria que incluye hablar en una lengua extranjera de la lengua correspondiente, Requiere, además de los títulos antes mencionados, la acreditación de nivel B2 del Marco General Europeo de Referencia para las Lenguas.

2. Para la acreditación del nivel señalado se conocerán los títulos y certificaciones que figuran en el anexo de esta orden.

3. Los graduados en Educación Infantil y Educación Básica que tengan un Habla en Lengua Extranjera en un idioma apropiado y que postulen para enseñar áreas no lingüísticas en un programa de enseñanza de idiomas bilingües que hablen también deben estar acreditados al menos en el nivel B2 de la General. El Marco Europeo de Referencia para las Lenguas a través de las calificaciones y certificaciones incluidas en el apéndice son apropiadas para este pedido.

4. Se pueden realizar convenios con universidades en este sentido en el marco previsto por la normativa pertinente.

Preparación de cancelación Cancelación de arreglos

Orden 14/10/2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, que registró los títulos y certificaciones que, en referencia a los niveles marcados por el Marco General de Referencia para las Lenguas, obtuvieron la acreditación en lenguas en el ámbito de la competencia. de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Diputación de Castilla-La Mancha.

Anexo I Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Anexo  I Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Centro de Idiomas en Educación Superior (Acles).

Traducción e interpretación, el mismo título o título en alemán

Filología, título o título equivalente en alemán

Universidad Nacional de Educación a Distancia

Centro Universitario de Idiomas Digitales y a Distancia. TEN CUIDADO.

Certificación de la academia de ciclo básico

(Decreto del Reino 1629/2006, 29 de diciembre)

Certificado de nivel secundario B1 (carta de decisión del gobierno

(Decreto de Gobierno 1041/2017, 22 de diciembre)

Certificado de nivel C1 avanzado

Nivel de certificado Nivel C2

Nivel de acreditación / certificación A2. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Nivel de acreditación / certificación B1. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Nivel de acreditación / certificación C1.

* Válido si se emitió entre 2009 y 2013

Cuerpo de Profesores Docentes de Oficiales de Carrera

Escuela oficial de idiomas especializada en alemán.

Nivel de acreditación / certificación B2. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y 2013

Examen de idioma para el hochschschulzug ang

* Válido si se emite hasta el 21/10/2016

* No válido si se emite entre

22/10/2016 y entradas en este pedido

Kultusminister konferenz (Deutsches

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Anexo II Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Anexo  II Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Centro de Idiomas en Educación Superior (Acles).

Licenciatura en Traducción e Interpretación, grado

de manera similar en español.

Licenciado en Filología, grado o licenciatura

Ministerio de Educación, Cultura y

Oficina de Carrera Docente de

Escuela secundaria especializada en español también

La Escuela Oficial de Idiomas está especializada en español como lengua extranjera.

Universidad Nacional de Educación a

Certificación de la academia de ciclo básico

Política (Decisión 944/2003, 18 de julio)

Certificado de nivel secundario B1 (carta de decisión del gobierno

Certificado de nivel intermedio B2 (carta de decisión del gobierno

Certificado Tarifa C1 (Real Decreto

Certificado Nivel Nivel C2 (Real Decreto

Anexo III Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Anexo  III  Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Centro de Idiomas en Educación Superior (Acles).

Licenciado en Traducción e Interpretación, grado o

Maestro. Especial de lengua extranjera: francés (decreto del gobierno

Universidad Nacional de Educación a

Certificación de la academia de ciclo básico

Certificado de nivel secundario B1 (carta de decisión del gobierno

Certificado de nivel intermedio B2 (carta de decisión del gobierno

Certificado Tarifa C1 (Real Decreto

Certificado Nivel Nivel C2 (Real Decreto

Nivel de acreditación / certificación A2. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Nivel de acreditación / certificación B1. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Habilitación de lengua extranjera. Francia

Nivel de acreditación / certificación C1. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Nivel de acreditación / certificación B2. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes DS

Diplomado en Estudios Superiores Franceses DHEF

Diplôme Supérieur Langue et Culture Françaises DS

Diploma dÉtudes di Langue Française DELF

Anexo IV Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Anexo  IV  Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Centro de Idiomas en Educación Superior (Acles).

Licenciado en Traducción e Interpretación, grado o

Profesora EGB: Español e Idiomas Especiales

Maestro. Especialización en Lengua Extranjera: Inglés (Real Decreto

Centro Universitario de Idiomas Digitales y

Certificación de la academia de ciclo básico

Certificado de nivel básico (decisión del gobierno

Nivel de acreditación / certificación A2. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y 2013

Nivel de acreditación / certificación B1. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Habilitación de lengua extranjera. INGLATERRA

Nivel de acreditación / certificación C1. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Equipo de maestros de educación secundaria Oficial de carrera o

La Escuela Oficial de Idiomas se especializa en inglés.

Nivel de acreditación / certificación B2. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Examen Internacional ESOL (General)

Evaluación IDP Cambridge UK.

Servicios de pruebas de idioma (IELTS)

Servicios de pruebas de idioma (IELTS)

Servicios de pruebas de idioma (IELTS)

Certificado en inglés comercial (BEC Vantage)

Certificado en inglés comercial (BEC Higher)

Pruebas de servicio. Bulats 3 (60-74)

Prueba de Inglés como Lengua Extranjera (TOEFL). Pruebas basadas en Internet. iBT. Puntuación: 72-94

desde el primer signo en este orden

Prueba de Inglés como Lengua Extranjera (TOEFL). Pruebas basadas en Internet. iBT. Puntuación: 95-120

desde el primer signo en este orden

Lengua extranjera (TOEFL). Pruebas basadas en Internet. iBT. Puntuación: 87-109

* Las puntuaciones son válidas hasta el día anterior a su entrada en este pedido.

Lengua extranjera (TOEFL). Pruebas basadas en Internet. iBT. Puntuación: 110-120

* Las puntuaciones son válidas hasta el día anterior a su entrada en este pedido.

Prueba de Inglés como Lengua Extranjera (TOEFL). Prueba basada en papel PBT

* Las puntuaciones son válidas hasta el día anterior a su entrada en este pedido.

Prueba de Inglés como Lengua Extranjera (TOEFL). Prueba basada en papel PBT

* Las puntuaciones son válidas hasta el día anterior a la entrada en este pedido.

Comunicaciones internacionales (Toeic). Puntuación: ≥1095

Comunicaciones internacionales (Toeic). Puntuación: ≥1305

Certificado en ESOL International Level 1 (MCER B2) (Certificado internacional)

Certificado en ESOL International Level 2 (MCER C1) (Certificado internacional)

Certificado en ESOL International Level 3 (CEFR C2) (Certificado internacional)

Examen de inglés ISE Foundation. A2

Examen de inglés ISE III. C1

Calificación en Inglés Puntaje (GESE) Puntaje ESOL: 7-9 (B2)

Calificación en inglés hablado

Grado calificado en puntaje de inglés (GESE) Puntaje de ESOL: 12 (C2)

Anexo V Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Anexo  V  Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Centro de Idiomas en Educación Superior (Acles).

Traducción e interpretación, título o titulación

Filología, título o título equivalente en italiano

Universidad Nacional de Educación a Distancia

Certificación de la academia de ciclo básico

Certificado de nivel secundario B1 (carta de decisión del gobierno

Certificado de nivel intermedio B2 (carta de decisión del gobierno

Certificado Tarifa C1 (Real Decreto

Certificado Nivel Nivel C2 (Real Decreto

Nivel de acreditación / certificación A2. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Nivel de acreditación / certificación B1. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Nivel de acreditación / certificación B2. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Nivel de acreditación / certificación C1. Viceministro de Educación

* Válido si se emitió entre 2009 y

Oficial de carrera de la tripulación de maestros de secundaria o escuela

Especialización en lengua italiana.

Conocimiento de la lengua italiana. CELI 4

Conocimiento de la lengua italiana. CELI 5

Certificado en italiano llegó Lingua Straniera.

Anexo VI Titulaciones y certificaciones que acreditan el nivel de competencia comunicativa en idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER)

Centro de Idiomas en Educación Superior (Acles).

Traducción e Interpretación, el mismo título o título en portugués.

Licenciado en Filología, grado o licenciatura

Centro Universitario de Idiomas Digitales y a Distancia.

Centro Universitario de Idiomas Digitales y a Distancia.

Centro Universitario de Idiomas Digitales y a Distancia.

Certificación de la academia de ciclo básico

Certificado de nivel básico (decisión del gobierno

Sargento Nivel Avanzado (Real Decreto

Certificado de nivel de política A2 (carta de decisión del gobierno

Certificado de nivel secundario B1 (carta de decisión del gobierno

Carrera del cuerpo de profesores docentes

Escuela secundaria o idioma oficial de

Instituto Camões / CAPLE (Centro de Avaliação e Certificação de Português Lingua

Diploma avanzado en portugués

Sources :

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